El Real Madrid, a juicio por el ruido de los conciertos en el Bernabéu
Un giro legal que trasciende el fútbol. El Real Madrid y su administrador único podrían enfrentar un juicio por delito contra el medio ambiente.
La jueza de Instrucción número 53 de Madrid ha propuesto enviar a juicio al club y a José Ángel Sánchez Periañez, administrador único de la sociedad que gestiona el Santiago Bernabéu, tras apreciar indicios de un delito ambiental en los conciertos celebrados entre abril y septiembre de 2024. El auto, al que tuvo acceso Europa Press, cierra la instrucción abierta por una querella de vecinos afectados y acuerda continuar las diligencias por el procedimiento abreviado.
La magistrada considera que los hechos investigados podrían ser constitutivos de infracción penal, por lo que da traslado al Ministerio Fiscal y a las acusaciones particulares para que formulen escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.
La querella vecinal: un conflicto entre desarrollo y convivencia
La investigación se inició en julio de 2024 tras una querella de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, que denunció el “ruido excesivo” de los conciertos celebrados en el estadio tras su remodelación. Según el auto, hay indicios de que Real Madrid Estadio, S.L.U. —administrada por José Ángel Sánchez Periañez— contrató con promotores musicales la celebración de eventos entre el 26 de abril y el 8 de septiembre de 2024.
La jueza concluye que “en todos los conciertos se superaron los límites sonoros establecidos en la normativa municipal”, lo que llevó al Ayuntamiento de Madrid a incoar expedientes sancionadores contra los promotores, calificando los hechos como infracciones muy graves con multas que oscilan entre 16.000 y 148.000 euros. Desde una perspectiva analítica, este caso refleja la tensión entre el uso comercial de espacios urbanos y el derecho a la tranquilidad de los vecinos, un debate que trasciende el ámbito deportivo.
La denuncia vecinal argumenta que los conciertos, tras la remodelación del estadio, constituyen un delito medioambiental, ya que “desde el primero” se excedieron los límites de emisión de ruido sin adoptarse medidas para mitigar las consecuencias. Los querellantes critican que tanto el alcalde como el delegado de Urbanismo “lo saben, lo aceptan y lo toleran”, acusándolos de una “dejación inconcebible” de su responsabilidad hacia los ciudadanos.
Además, la querella señala que la licencia obtenida por el Real Madrid en 2019 para las obras de reforma del estadio no contemplaba su uso para eventos distintos a partidos de fútbol, por lo que “para la celebración de otros eventos como conciertos sería necesaria la disposición de la correspondiente autorización para cada caso concreto”. Lo que esto revela es un vacío legal en la planificación urbana, donde el desarrollo comercial puede chocar con regulaciones ambientales preexistentes.
Los conciertos en el punto de mira
La asociación vecinal aportó un listado de los espectáculos musicales programados desde abril de 2024, destacando que el sonido generado “implica el incumplimiento de la licencia urbanística que obliga a adoptar medidas de insonorización”. Según la querella, el propietario del estadio no realizó ningún estudio para prevenir la salida de ruidos durante los eventos, y el Ayuntamiento recibió “numerosas denuncias por ruido insoportable”.
Entre los conciertos mencionados figuran los de Taylor Swift (29 y 30 de mayo), Duki (8 de junio), Manuel Carrasco (3 de julio) y Luis Miguel (6 y 7 de julio), en todos los cuales, según la asociación, se habría superado el nivel de ruido permitido. La pregunta clave ahora es cómo se equilibrará el derecho al ocio con el derecho al descanso en una ciudad como Madrid, donde el espacio público es limitado y altamente disputado.
Los querellantes también reprochan al Ayuntamiento que se haya limitado a tramitar expedientes sancionadores a los promotores, con multas que califican de “ridículas” (20.000 euros). Más allá de los hechos, lo que emerge es una crítica a la gestión pública: ¿están las instituciones priorizando los intereses económicos sobre el bienestar ciudadano?
El juzgado marca límites a su intervención
El Juzgado aclara en su auto que no puede “analizar la corrección de los expedientes sancionadores” tramitados por el Consistorio, ni le corresponde evaluar “la corrección del destinatario de los expedientes, las sanciones impuestas y la graduación de las mismas”. Además, subraya que no existen indicios de que en la tramitación de los expedientes se haya infringido de forma clara algún precepto legal que pueda encuadrarse en el tipo penal de prevaricación.
Asimismo, el auto resalta que los querellados “integran una estructura administrativa con división y delegación de funciones”, por lo que, según la jurisprudencia, “sería necesario que los mismos tuvieran el dominio funcional del hecho”, sin que puedan realizarse “atribuciones objetivas de responsabilidad por el cargo que ocupan en el Ayuntamiento”.
La decisión judicial deja en evidencia la complejidad de atribuir responsabilidades en casos donde convergen actores públicos y privados. ¿Logrará este proceso sentar un precedente en la regulación de eventos masivos en zonas urbanas?
El conflicto como espejo de la gestión urbana moderna
Desde una perspectiva analítica, este caso expone la fricción entre la explotación comercial de infraestructuras deportivas y los derechos de los ciudadanos en entornos urbanos densos. Lo que esto revela es un modelo de ciudad donde el desarrollo económico y el bienestar vecinal entran en colisión, sin mecanismos claros de mediación.
La remodelación del Bernabéu, pensada para ampliar su uso más allá del fútbol, ha desatado un debate sobre los límites de la planificación urbana. El vacío legal señalado —la licencia de 2019 no cubría conciertos— refleja cómo las regulaciones a menudo no anticipan usos futuros de espacios ya transformados. Más allá de los hechos, lo que emerge es la necesidad de marcos normativos más ágiles, capaces de adaptarse a la evolución de las ciudades.
La crítica vecinal a la “dejación” municipal apunta a un problema estructural: la tensión entre la atracción de ingresos —vía multas o eventos— y la protección real del entorno. La pregunta clave ahora es si este juicio obligará a replantear cómo se equilibran intereses privados, públicos y comunitarios en la gestión de grandes recintos.
¿Un precedente para el ocio masivo?
Este proceso judicial podría marcar un antes y después en cómo se autorizan y supervisan eventos en espacios multifuncionales. La clave estará en si la sentencia, de producirse, exige no solo sanciones, sino cambios en los protocolos de evaluación de impacto sonoro y participación ciudadana previa.
